Despedir a un trabajador no es tarea fácil. Por muchas razones que lo argumenten, lo más común es que la persona encargada de hacerlo pase un mal rato.
Además, los nervios o la cobardía pueden complicar más aún la situación y provocar que el empleado se sienta ofendido o humillado.
Llegó el momento
Claro y conciso.- No hay que andarse con rodeos. Esto no quiere decir que haya que hablar con dureza, pero tampoco es conveniente irse por las ramas. Es un tema muy serio para el implicado, y merece recibir la noticia de forma directa y educada.
Elegancia.- No es momento de hacer reproches o descalificaciones. Si se ha tomado esa decisión es por los motivos que ya conoce el trabajador o que se le está dando a conocer en ese momento. Sin embargo, hay que evitar hacer hincapié en el pasado recordando «aquel día, aquel error...».
Intimidad.- Ante todo, la noticia debe comunicarse en un despacho o lugar cerrado donde nadie se entere, sin hacer mención de nada que tenga que ver con el despido delante de otras personas.
El mejor momento.- La mejor hora para comunicar un despido es el final de la jornada, y, si es posible, lo ideal es hacerlo el último día de la semana. Lo contrario perjudica a ambas partes. El empleado tiene que hacer frente a su trabajo triste, enfadado, nervioso o humillado, lo que, además de crear un situación muy dolorosa para él, puede provocar problemas en la productividad o errores en sus tareas.
MEJOR CON TIEMPO
Lo ideal es comunicar el despido con el máximo tiempo de antelación posible. España está entre los países que menos tiempo de preaviso exige por ley (15 días) para comunicar a los empleados el fin de la relación laboral, según el informe Global Human Resource Factbook de la consultora Mercer. Aún así, hay que intentar suavizar el mal trago al trabajador y darle la noticia en cuanto se tome la decisión. De esta forma tendrá tiempo de pensar en su futuro, recoger sus cosas, despedirse de sus compañeros... La persona despedida debe conocer los derechos que le asisten. Todos ellos, junto a las causas que pueden llevar a la extinción de un contrato, están recogidas con detalle en el Estatuto de los Trabajadores.
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